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sábado, 17 de octubre de 2015

Jubilación activa: (Más de 27.000 personas compatibilizan salario y pensión)


La compatibilidad salario-pensión que entró en vigor en nuestro país en 2013 ha permitido que en la actualidad, más de 27.000 mayores de 65 años se hayan sumado ya al denominado envejecimiento activo.
Son datos que ha facilitado hoy la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, en la inauguración del I Congreso Científico-Social sobre Bienestar y la Calidad de Vida en la Madurez donde ha destacado que esta posibilidad favorece la transferencia de conocimiento de los mayores hacia los jóvenes, además de ofrecer oportunidades a quienes voluntariamente quieren seguir en activo y contribuir a la sostenibilidad del Sistema.
Báñez ha afirmado que las tres prioridades de su departamento en esta materia pasan por conseguir una madurez más segura, con mayores oportunidades laborales para quienes lo deseen y, en tercer lugar, que reconozca la contribución realizada durante el período laboral.
En este sentido, ha añadido que ya hay más de 250.000 personas de más de 55 años trabajando que al principio de la legislatura, y ha recordado que el sistema de Seguridad Social es el mejor instrumento de solidaridad entre generaciones, “la mejor fuente de tranquilidad para los más de 9 millones de personas que puntualmente cobran su pensión y la garantía de seguridad para los que la cobremos en el futuro”.
Subida de las pensiones
La ministra de Empleo y Seguridad Social ha incidido en que en los últimos cuatro años el número de pensiones se ha incrementado en un 5,6%, alcanzando los 9,3 millones de pensionistas; la pensión media de jubilación ha subido en torno al 11% y las pensiones se han vuelto a revalorizar, ganando los pensionistas más de 2.000 millones de euros de poder adquisitivo entre 2013 y 2014.
En relación con el futuro de las pensiones, Fátima Báñez ha asegurado que el sistema público de pensiones será más fuerte porque “ha recuperado más de un millón de los afiliados destruidos durante la crisis, porque la recaudación efectiva de la Seguridad Social ha crecido a un ritmo del 4,6% hasta julio y porque el número de afiliados continúa creciendo y es tres veces superior al crecimiento del número de pensiones”.
Complemento de maternidad
Por último, la ministra se ha referido al recientemente aprobado complemento de maternidad como “el reconocimiento al enorme valor de ser madre para el sistema público de pensiones”, medida que hará posible un incremento automático de las pensiones de viudedad, jubilación e incapacidad. Se estima que, a partir de enero de 2016, 125.000 mujeres verán aumentada su pensión en función del número de hijos que hayan tenido.

Prestación por cese de actividad de trabajadores autónomo (El mal llamado paro para autónomos)

La Prestación por Cese de Actividad de los Autónomos es un sistema específico que tiene por objeto proteger a los trabajadores autónomos que han cesado de forma Total en su actividad económica o profesional, de carácter Definitivo o Temporal (sólo en los supuestos tasados legal y reglamentariamente), de forma Involuntaria y por alguno de los Motivos previstos en la norma.






Dichos motivos serán:



  • Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
  • Fuerza mayor.
  • Perdida de licencia administrativa.
  • Violencia de género.
  • Divorcio o acuerdo de separación matrimonial.






  • En cuanto a los requisitos formales, éstos serán:




  • Alta en el régimen especial
  • Solicitar la baja en el régimen especial correspondiente a causa del Cese de Actividad.
  • Período mínimo de cotización de al menos, los doce meses continuados e inmediatamente anteriores a la situación legal de Cese de Actividad, incluyendo el mes del Hecho Causante.
  • Período mínimo entre 2 prestaciones por Cese de Actividad de 18 meses desde el inicio de la primera.
  • Compromiso de actividad y de activa disponibilidad para la reincorporación al mercado de trabajo.
  • No tener derecho a la pensión contributiva de jubilación.
  • Hallarse al corriente de pago de las cotizaciones en el régimen especial. Cumplimiento de las obligaciones de carácter laboral. (si tuviera trabajadores a su cargo).


  • Puede contactarnos para ampliar la información.